El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad CEPIS, conjuntamente con más de 800 familias del Gran La Plata, vecinas de las localidades de Parque Sicardi, Villa Garibaldi y Arturo Seguí, se presentaron ayer ante el OCEBA para solicitar al Poder Ejecutivo Provincial una readecuación tarifaria del servicio público eléctrico creándose a tal fin la categoría de usuarios residenciales “electro intensivos”.
Cabe destacar que dichas localidades –como tantas otras de la Provincia de Buenos Aires- no cuentan con los servicios públicos esenciales como gas natural ni agua de red. El único servicio público existente en dicha zonas es el de la electricidad, de allí el carácter de “Electro Intensivos”; es decir aquellos usuarios cuyas viviendas carecen de
otro servicio y deben valerse de un sobre-uso de la energía eléctrica para satisfacer necesidades básicas para el desarrollo de la vida humana y no con motivos de un mayor confort o derroche.
Esto hace que deba tener un tratamiento diferenciado por parte del Organismo de Control a la hora de categorizar como usuario a este colectivo. El tratamiento igualitario en relación al resto de los usuarios residenciales que cuentan con la totalidad de los servicios públicos termina siendo paradojalmente discriminatorio y antieconómico para la población firmante del reclamo, dado que nos encontramos frente a un trato inequitativo que prescinde de las disímiles realidades sociales y ambientales que se observan en nuestra sociedad.
Conforme al marco regulatorio de la actividad eléctrica de la Provincia de Buenos Aires Ley 11.769, decreto reglamentario 2479/04, las obligaciones que nacen de los contratos de concesión que vinculan a las Distribuidoras Eléctricas con el Estado Provincial, se solicita se establezca una categoría de usuario residencial “electro intensivo”, tomando como valores tarifarios los establecidos para la categoría “R1”, tanto para el valor del kWh como los cargos fijos.
La situación de los usuarios “electro intensivos” se repite en distintas zonas de la provincia de Buenos Aires. Si bien la presentación tiene efectos sobre las y los usuarios firmantes, puede extenderse a todos aquellos que soliciten ser incorporados a la misma.