Tiró la piedra y escondió la mano. El procurador general de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Julio Conte Grand, firmó una resolución el 15 de marzo, antes que se dictara el aislamiento social, preventivo y obligatorio, para instruir a fiscales y defensores a que evaluaran medidas alternativas al encarcelamiento para los presos que estaban incluidos en el grupo de riesgo por edad y estado de salud ante la pandemia del coronavirus, sin importar el delito por el que estuvieran purgando su condena. Días atrás, y cuando el conflicto ya había escalado, salió a decir que era “injusto” que los presos salieran de la cárcel.
La polémica desatada en los últimos días, con caceroleo opositor incluido, puso en el foco solamente en el tribunal de Casación bonaerense y más precisamente en la figura de Víctor Violini , quien -a diferencia de Conte Grand- sí explicitó que los internos que hubieran cometido delitos graves no podían acceder al beneficio de arresto domiciliario.
La resolución de Violini que fue ratificada por dos de sus pares, resolvió “hacer lugar, durante el período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Poder Ejecutivo Nacional, al arresto domiciliario de las personas detenidas por la comisión de delitos leves y que se encuentren en situación de riesgo por edad o por patologías preexistentes, sean mujeres embarazadas o madres con hijos menores alojados en las Unidades Penitenciarias, identificadas en los listados aportados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Seguridad, ambos de la Provincia de Buenos Aires que se acompañan, y las actualizaciones que se vayan agregando, arrestos que deberán implementarse desde el Juzgado o Tribunal que tiene a su cargo a cada prevenido”.
Pese a que estaba claro, Violini salió a aclarar apenas ocurrieron las primeras excarcelaciones y fue señalado por los medios hegemónicos como el culpable de las liberaciones de violadores y genocidas, pese a que esa competencia está en manos de los jueces de garantías, de Ejecución y tribunales orales. “El Habeas corpus colectivo que resolví no permite el arresto domiciliario de: delitos cometidos con armas, delitos de violencia de género, delitos de abuso sexual o delitos cometidos con violencia. Si dudan pasen por Casación y se le entregará copia de la Resolución”, remarcó Violini en su Twitter.
Con la polémica ya instalada, los macristas indignados y el cacerolazo organizado, Conte Grand salió a hablar y se mostró descontento con las liberaciones. No dijo ni una palabra sobre su resolución que abrió la puerta a las domiciliarias a toda la población carcelaria en situación de riesgo, sin importar si fueran violadores o asesinos. “La salida de los presos no es justa en absoluto”, dijo pero aseguró “el principio general” en la provincia de Buenos Aires no es liberarlos sino ocuparse “solamente de los grupos de riesgo” dentro de las unidades penitenciarias por el COVID 19.
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