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La Plata
23 noviembre, 2024
PAÍS

Daniel Santoro, de mal en peor: rechazan su pedido para anular los informes que lo vinculan con D’Alessio

La Cámara Federal de Mar del Plata volvió a respaldar la actuación de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el organismo defensor de los derechos humanos que preside el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, en la “Causa D’Alessio”. De esta manera, vuelve a rechazar el pedido de nulidad que había presentado el periodista estrella de Clarín, Daniel Santoro, procesado por su presunta participación en la red de espionaje ilegal por la que está detenido el espía y falso abogado Marcelo D’Alessio.

“Teniendo en cuenta la experiencia reconocida internacionalmente de dicho organismo, y toda vez que la Comisión ha realizado ya cuatro informes que han sido de enorme utilidad a los efectos de sistematizar y describir la prueba, circunstancias que también cuenta con el respaldo de intervenciones anteriores en otros casos de gran relevancia, resulta adecuada y pertinente su intervención” en la causa, sostuvo la Cámara.

La defensa de Santoro había pedido la nulidad de todo lo actuado por la CPM, que elaboró a pedido del juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, cuatro informes analizando la documentación extraída de los teléfonos y las computadoras de D’Alessio.

El informe elaborado por el organismo enumeraba carpetas, documentos y mensajes de texto encontrados en la computadora y los celulares del falso abogado. Fue cuestionado por Santoro bajo el argumento de que era violatorio de las fuentes de información y hasta afectaba la libertad de expresión.

“A diferencia de otros periodistas, el vínculo de Santoro con Marcelo D’Alessio excedía la mera relación fuente-periodista, y que, según surgía del análisis de la prueba reunida, ambos mantenían una estrecha relación de amistad, intercambiaban mutuamente información sensible, confidencial o de acceso restringido y desarrollaban planes y actividades ilícitas en forma conjunta”, recordó en su momento el juez Ramos Padilla.

“Por más que la defensa (de Santoro) haya intentado demostrar el acaecimiento de un determinado perjuicio en franca violación con el debido proceso, entiendo que el proceder (de Ramos Padilla) a lo largo de la instrucción se ajusta a derecho y respeta claramente las prerrogativas que emanan de nuestra Constitución Nacional”, sostiene el contundente fallo de la Cámara.

Los jueces Eduardo Giménez y Alejandro Tazza recordaron que “ninguna conclusión o análisis que realice la Comisión Provincial por la Memoria resulta vinculante para el Tribunal, ni exime de realizar una valoración autónoma –sustentada en la prueba y en las reglas de la sana crítica racional- al momento de realizar cualquier resolución de mérito”.

Así, la CPM se erige como una colaboradora convocada por el juez para la investigación. “El reclamo vinculado con la falta de capacidad o legitimación del organismo, dada la experiencia y la trayectoria en materia judicial de la CPM carece de sustento y, por otro lado, tal como ha explicado la Cámara, resulta ser un órgano auxiliar de la justicia”.

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