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26 noviembre, 2024
PAÍS

Teletrabajo: Cerca de convertirse en ley a pesar del rechazo de Juntos por el Cambio

El Gobierno avanza en el Senado con el proyecto de ley para regular el Teletrabajo, a pesar del rechazo que manifestaron los empresarios y el bloque de Juntos por el Cambio, quienes exigieron modificaciones a varios artículos del proyecto original, dado que, según ellos, desalientan y obstaculizan la generación de empleo. Los puntos en cuestión del proyecto que ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados son el derecho a la desconexión digital, la opción de reversibilidad, es decir que el empleado pueda retornar a la forma presencial cuando lo decida, la obligación de los empleadores de proporcionar las herramientas necesarias para llevar a cabo el trabajo remoto y la estipulación de una jornada laboral.

Si bien muchas personas ya se encontraban trabajando en esta modalidad cuando se desató la pandemia provocada por el COVID-19, debido a la imposibilidad de abrir sus oficinas por la implementación de la cuarentena obligatoria, más empresas y organizaciones debieron continuar sus actividades a través del teletrabajo, que en algunos aspectos se rige por el convenio colectivo.

De este modo, algunos patrones y empresarios aprovecharon para exigir de sus empleados más de lo que les corresponde y, así, muchos padecen abusos y excesos por los que llegan a trabajar más horas de las que deberían. Por esta razón, el Gobierno observó la necesidad de regular con urgencia esta modalidad de trabajo. Sin embargo, una vez aprobada, se aplicará cuando se haya levantado la cuarentena.

Desde el Frente de Todos dijeron que no van a aceptar las modificaciones que proponen los empresarios y la oposición, ya que es muy difícil aprobar una ley que abarque todos los puntos de vista, por lo tanto, tratarán de unirse para apoyar el proyecto que ya cuenta con media sanción de Diputados y así acelerar su aprobación. Por otro lado, proponen que, en el caso de ser necesario, los cambios los realice el Ministerio de Trabajo, conforme con las reglamentaciones.

Julio Cobos, de Juntos por el Cambio, que fue el primero en opinar, expresó su disgusto por esta decisión dado que consideró que “es una lástima porque es necesario regular de la mejor manera, pero que no constituya un obstáculo”, mientras que Esteban Bullrich lo definió como una “frustración” y advirtió que con este proyecto se está abriendo la posibilidad de que los nuevos empleos se vayan a otro país.

El proyecto reúne varios puntos, pero los que generan controversia, tanto por parte de los empresarios como del bloque de Cambiemos, son los siguientes:

– El artículo 4° establece que “La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes” y que las plataformas para la realización de las tareas “deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de la misma”.

-El artículo 5° se refiere al Derecho a la desconexión digital por el que “La persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo tendrá derecho a no ser conectada y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral (…)”, por lo tanto, el empleador no podrá solicitar ninguna tarea fuera de horario.

-El artículo 8° estipula la Reversibilidad, por el que “El consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación”, dejando afuera al empleador, uno de los que generó mayor polémica.

-El artículo 9° detalla que el empleador debe hacerse cargo de los Elementos de trabajo: “El empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja (…)”

Con respecto a la jornada laboral, que prohíbe a los empleadores comunicarse con sus empleados fuera del horario de trabajo, Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la Unión Industrial Argentina (UIA) sostuvo que eso no se puede llevar a la práctica porque “debería acordarse en el marco de los convenios colectivos”. También, cuestionó el punto que plantea la reversibilidad, ya que afirma que la posibilidad de cambiar la modalidad de teletrabajo a la que solamente accedería el empleado “debería ser común”.

Por su parte, en referencia a ese mismo punto, la representante de la Red de Abogados del Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA), Brenda Puig, expresó que “No es razonable que sea unilateral, sin preaviso ni adecuación consensuada, ni plazo de adecuación”. Y agregó que, si bien esta ley va a impactar en las empresas, “el peligro es que desaliente su uso y ahí perdemos todos”.

Asimismo, Luis Galeazzi, presidente de Argencon, entidad que nuclea a empresas prestadoras de servicios de Conocimientos y, que trabaja principalmente con la modalidad del teletrabajo, opinó que “esta ley genera contradicciones que van a entorpecer el teletrabajo justo cuando se necesitan más empleos” y también censuró que el artículo sobre la Reversibilidad solo plantee una postura unilateral.

Indudablemente, los empresarios apoyados por Juntos por el Cambio consideran que esta ley le hará más daño que bien al teletrabajo y se quejan porque dicen que ellos ya vienen trabajando muy bien en esa modalidad, pero que con la aprobación de esta ley solo se obstaculiza el trabajo.

En esto coincidió Miguel Blanco, el coordinador del Foro de Convergencia por Teletrabajo y directivo de Swiss Medical, quien expresó que “establecen que se pauten horarios y eso le quita flexibilidad al trabajador; además, no reconoce que puede haber horas extras. Por otro lado, el proyecto plantea la posibilidad unilateral de desconectarse, además de volver al trabajo presencial si lo desea. Todo eso afecta la organización de una compañía”.

 

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