El gobierno estudia ofrecerle un incentivo entre el 30 o 40% para que liquiden durante 20 días y en caso contrario aplicar la Ley de Abastecimiento que el peronismo aprobó en 1974. Desde el Ejecutivo se espera que el sector agropecuario liquide los 14 mil millones de granos que mantienen en silobolsas.
Las versiones hablan de un tipo de cambio que estaría entre 30 y 40% por encima del tipo de cambio oficial de $ 130 de hoy. Esos porcentajes llevarían el dólar soja a entre $ 170 y 182 pesos. Sobre ese valor, habría que aplicar la retención del 30%, lo que dejaría el dólar-soja en 130 pesos, contra 91 pesos que le quedarían hoy.
Paralelamente, el gobierno afirma que no habrá devaluación y que probablemente la guerra entre Rusia y Ucrania se va a encapsular con lo cual se liberará la venta de energía y granos y el precio internacional continuará bajando e insiste que a aquellos que no liquiden se les aplicará la ley de Abastecimiento.
Aquella ley aprobada en 1974 permitía al gobierno controlar y sí era necesario detener a quien no cumplía con la norma. El gobierno de Cristina Kirchner la modificó en el año 2014, anulando la posibilidad meter preso a quien no cumpla pero mantuvo todos los controles del Estado sobre los evasores.
Recordemos que dice hoy la ley de Abastecimiento en su artículo 4º:
- a) Elevaren artificial o injustificadamente los precios en forma que no responda proporcionalmente a los aumentos de los costos, u obtuvieren ganancias abusivas;
- b) Revaluaren existencias, salvo autorización expresa de la autoridad de aplicación;
- c) Acapararen materias primas o productos, o formaren existencias superiores a las necesarias, sean actos de naturaleza monopólica o no, para responder a los planes habituales de producción o demanda;
- d) Intermediaren o permitieren intermediar innecesariamente o crearen artificialmente etapas en la distribución y comercialización;
- e) Destruyeren mercaderías o bienes; o impidieren la prestación de servicios o realizaren cualquier otro acto, sea de naturaleza monopólica o no, que tienda a hacer escasear su producción, venta o transporte;
- f) Negaren o restringieren injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios, o redujeren sin causa la producción habitual o no la incrementaren, habiendo sido intimados por la autoridad de aplicación a tal efecto con cinco (5) días hábiles de anticipación, en caso de tener capacidad productiva, para responder a la demanda;
- g) Desviaren o discontinuaren el abastecimiento normal y habitual de una zona a otra sin causa justificada;
- h) No tuvieren para su venta o discontinuaren, según el ramo comercial respectivo, la producción de mercaderías y prestación de servicios con niveles de precios máximos y mínimos, o márgenes de utilidad fijados, salvo los eximentes justificados que se establezcan por vía reglamentaria, teniendo en cuenta ramo, habitualidad, modalidad, situación de mercado y demás circunstancias propias de cada caso;
- i) No entregaren factura o comprobante de venta, la información o documentación previstas en el artículo 2°, incisos e) y f) de la presente, o ejercieran su actividad fuera de los registros y licencias previstos en el artículo 2°, incisos h) e i) de esta ley, en caso de corresponder, todo ello en la forma y condiciones que establezcan las disposiciones reglamentarias;
- j) Vulneraren cualesquiera de las disposiciones que se adoptaren en ejercicio de las atribuciones que se confieren por los artículos 2° y 3º de esta ley.
Ahora bien, desde el Frente de Todos reconocen que es fundamental que las medidas económicas vayan unidas a una muestra de fortaleza política. En pocas palabras, no alcanza que las medidas las anuncie Silvina Batakis o la portavoz Gabriela Cerruti. Es necesario que el presidente Alberto Fernández, acompañado por Cristina Kirchner y Sergio Massa lo anuncien por cadena nacional.
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