El presidente Javier Milei decidió hoy que todos los contratados durante el 2023 en la administración pública dejaran de trabajar y desde la Casa Rosada anuncian que serán muchos más en las próximas semanas.
El Poder Ejecutivo estableció estas medidas por medio de los decretos 84/2023 y 77/2023, publicados en la edición de hoy del Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse. La prórroga de las restricciones fue del Decreto N° 426/22. Más allá que el decreto no establece el número exacto de los despedidos, desde el gremio Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) adelantaron que son 7.000.
La primera norma, referida a las contrataciones de personal, sostiene en su primer artículo que “las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, no serán renovadas”.
En la resolución se exceptúan “las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales; el personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación; y el personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.
Además, se solicita a las autoridades de cada área “un relevamiento exhaustivo del personal contratado cuya fecha de ingreso a la Administración sea previa al 1° de enero de 2023” y, “en el caso de que decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación”. Al mismo tiempo, se instruye a los titulares de las jurisdicciones a que “informen a la Jefatura de Gabinete sobre la implementación de estas medidas”.
El Decreto 1109/17 establece el régimen de contratación de personas humanas, para la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales y establece que dichos contratos no podrán superar los 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso.
En los considerandos del Decreto 84 se recuerda, por otra parte, la modificación de la Ley de Ministerios “que obliga a revisar todas aquellas contrataciones” y “la presente medida se condice con aquellos objetivos y a los fines de lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública”, argumenta la norma.
Además se incluye a Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones. También están comprendidos en la norma los Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional.
Lamentablemente, además de los contratados durante el 2023, en el artículo 3 del documento promulgado hoy en el BO, se establece que aquellos contratos firmados previamente al 1° de enero de 2023 no podrán renovarse por un período que supere los 90 días corridos.
A su vez, en el artículo 4, se ordena a las autoridades de cada jurisdicción a que durante ese plazo ”realicen un relevamiento exhaustivo del personal contratado con el fin de evaluar la renovación” de su vínculo laboral.