El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N.º 2 de San Martín hizo lugar a una medida cautelar que impide el cierre de Vialidad Nacional. La acción fue promovida por el Sindicato de Trabajadores Viales y Afines, que presentó un recurso de amparo ante la Justicia para declarar inconstitucional el decreto firmado por el presidente Javier Milei, publicado en el Boletín Oficial el pasado 7 de julio.
La medida judicial busca impugnar el decreto de Milei por el cual se ordena la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), argumentando que viola derechos laborales y que el Poder Ejecutivo no tiene facultades constitucionales para tomar esa decisión unilateralmente. Según el escrito, el decreto es “inconstitucional y violatorio de derechos laborales y humanos fundamentales”.
El objetivo central del amparo es preservar un organismo con más de 93 años de historia y con presencia federal a través de más de 5.000 trabajadores y trabajadoras en todo el país, el octavo en el mundo en extensión territorial.
El recurso fue patrocinado por los abogados Eduardo Barcesat y Daniel Valmaggia, y radicado en el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 23, a cargo de la jueza Marta Rey. El escrito reclama la declaración de inconstitucionalidad del Decreto Delegado 461/25, por considerarlo ilegal y arbitrario (conforme al artículo 43, párrafos primero y segundo de la Constitución Nacional).
Según argumentan los abogados, el decreto representa un nuevo paso en la política de desmantelamiento del Estado, con consecuencias directas sobre la estabilidad laboral de miles de trabajadores, en áreas claves como seguridad vial, ciencia y tecnología aplicadas, y salud pública.
El amparo también solicita que, en caso de sostenerse la disolución, los trabajadores y trabajadoras sean absorbidos por otras reparticiones estatales, conservando todos sus derechos, antigüedad y beneficios. Mientras tanto, la medida cautelar de no innovar exige garantizar el cobro de salarios y la continuidad laboral hasta que se resuelva el expediente.
Entre los principales fundamentos jurídicos, los demandantes subrayan que ni la Ley Bases ni las facultades delegadas otorgadas al Ejecutivo le permiten disolver entes autárquicos como Vialidad Nacional.
El artículo 76 de la Constitución Nacional prohíbe la delegación legislativa, salvo excepciones taxativas y por un plazo determinado. En ese marco, la Dirección Nacional de Vialidad, creada por ley y con autarquía, no puede ser eliminada mediante un simple decreto.
La aceptación del amparo fue confirmada por la secretaria general del sindicato SeViNA, Emiliana Mcnamara, quien explicó que desde ahora rige una medida de no innovar: “Por ahora no podrían avanzar con la disolución de Vialidad”.
“La DNV tiene su creación por decreto ley, y no puede disolverse porque es un ente autárquico que funciona con autonomía”, explicó Mcnamara a Canal Abierto.
Además, destacó que el objetivo es “mantener Vialidad Nacional, porque es el organismo encargado de cuidar las rutas nacionales. A este problema no se lo resuelve ni desfinanciando ni disolviendo el ente”, remarcó.
La dirigente concluyó con un mensaje esperanzador: “Tenemos una alegría inmensa. Tenemos Vialidad para rato, ojalá que sea así. Y si no, seguiremos luchando desde lo político, en la calle y en la Justicia”.