La Justicia Federal de Campana declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, asestando un fuerte revés al Gobierno de Javier Milei. Si bien el fallo se limita a un caso particular, constituye un precedente judicial de peso en medio de la controversia por la aplicación de la norma.
El fallo
La resolución judicial cuestiona directamente el Artículo 3 del Decreto 534/2025, con el cual el Poder Ejecutivo había vetado en su totalidad la Ley 27.793. La decisión fue difundida por la periodista Vanesa Petrillo, quien aclaró que el alcance es específico para los demandantes, pero podría abrir la puerta a una avalancha de amparos similares en distintos juzgados del país.
El caso concreto
La demanda fue presentada por dos personas, identificadas como O.G.J. y D.R.N., en representación de dos menores de edad (B.N. e Y.N.), quienes reciben prestaciones vinculadas a su discapacidad.
El juez resolvió:
- Amparo parcial: hizo lugar a la acción presentada por los demandantes.
- Orden a la obra social: se instruyó a la cobertura médica de los menores a adecuar sus prestaciones según lo establecido por la ley de emergencia, ahora restituida en este caso.
- Costas al Estado: los gastos del proceso judicial deberán ser afrontados por el Estado Nacional.
Impacto político y judicial
Aunque el Gobierno aún puede apelar, se trata del primer fallo que declara inválido el veto presidencial en materia de discapacidad, lo que podría desencadenar nuevos recursos en otras jurisdicciones.
En un contexto donde los sectores vinculados a la discapacidad reclaman por la restitución de beneficios y programas que habían sido eliminados, la decisión judicial no solo marca un precedente legal, sino que también profundiza el frente de conflicto político para la administración Milei.
Con información de la agencia Noticias Argentinas