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La Plata
28 noviembre, 2024
PAÍS

Retroceso: La Corte avaló el aumento de luz en Provincia

El máximo tribunal de Justicia revocó por unanimidad una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había suspendido como medida cautelar los aumentos en la tarifa eléctrica. El fallo fue avalado por unanimidad.

Para el Tribunal, carecen de legitimación quienes iniciaron la causa para actuar en representación de todos los usuarios. La demanda había sido presentada por un grupo de diputados de la provincia de Buenos Aires, el Secretario general de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de la provincia de Buenos Aires.

En horas de la mañana, la Procuradora General consideró que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores.

El dictamen de la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, hizo hincapié en el carácter provisorio de la medida, cuyo plazo se limita a tres meses desde el otorgamiento, y en las presentaciones realizadas por otros actores en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema.

Gils Carbó entendió hoy que las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía, que conduce Juan José Aranguren, perjudicaron principalmente a los usuarios y consumidores.

Estas medidas “dispusieron un cambio en el financiamiento del esquema tarifario del servicio de energía eléctrica (…). De modo similar a lo decidido en el ámbito del servicio básico de gas, se puso en marcha un cambio de un sistema en el cual el Estado asumía un rol central al sostener la generación, distribución e inversión a través de subsidios, a un régimen donde estos conceptos se trasladan sustancialmente, en forma directa, a los usuarios y consumidores”.

Y exigió la realización de audiencias públicas para redefinir nuevas tarifas. “En materia tarifaria la participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida. (.) es imperativo constitucional garantizar la participación ciudadana en instancias públicas de discusión y debate susceptibles de ser ponderadas por la autoridad de aplicación al momento de la fijación del precio del servicio”.

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