El titular del Juzgado Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, declaró admisible el proceso colectivo presentado por la Asociación de Consumidores Argentinos que cuestionaba el último aumento tarifario de gas.
A través de la resolución judicial, el magistrado dispuso su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ordenó a las empresas prestatarias del servicio público de gas de todo el país suspender los cortes de servicio por falta de pago.
En ese sentido, Padilla argumentó que “hay ciertos derechos como la accesibilidad a los servicios públicos elementales que deben ser garantizados, como es el caso del servicio de gas natural”.
Por otro lado, se señaló la ausencia de audiencias públicas para el establecimiento del último aumento de la tarifa de gas, en lo que hace al llamado punto de ingreso al sistema de transporte (PIST), uno de los tres componentes con los que se conforma el precio final que pagan los consumidores, junto con el transporte y la distribución. Sin embargo, durante los años 2016 y 2017 el Ministerio de Energía sí había convocado a audiencia pública por este concepto.
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