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27 noviembre, 2024
PAÍS

La Corte Suprema frenó las escuchas y puso en el ojo de la tormenta a la AFI

La Corte Suprema de Justicia de la Nación le puso hoy un freno al uso de las escuchas telefónicas por parte de los jueces. En una acordada, los ministros expresaron su “preocupación” respecto de la difusión pública de las intercepciones telefónicas y pidieron que ese recurso se limite a las causas que las requieran y que no sean utilizadas para impulsar otros expedientes.

En la acordada 17/2019, los jueces pidieron a sus pares que actúen como “celosos guardianes de la privacidad de las personas cuyas comunicaciones han sido intervenidas, al aconsejar a los magistrados de competencia penal a aplicar “de forma restrictiva” la norma que los faculta a requerir la intervención a la Agencia Federal de Inteligencia.

En el texto subrayaron también que serán castigados quienes obtengan de forma “furtiva” datos personales o información sensible sin fundamentos en una investigación judicial, como así también “la elaboración de registros meramente preventivos, la divulgación, tráfico o comercio de los datos obtenidos en base a una finalidad originariamente lícita, la amenaza o el chantaje derivados de la posesión de datos íntimos que no resultan conducentes para el esclarecimiento de un delito”.

El máximo tribunal dejó en claro que la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeC0), que está dentro de la órbita de la Corte, “es el único órgano estatal encargado de ejecutar las interceptaciones o captaciones de cualquier tipo autorizadas u ordenadas por la autoridad judicial competente”. Y en paralelo reclamaron a la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia que certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales.

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