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22 noviembre, 2024
PAÍS

Aterrado: la Cámara rechazó otro planteo de Daniel Santoro y ratificó a Ramos Padilla

La Cámara Federal de Mar del Plata ratificó nuevamente al juez de Dolores Alejo Ramos Padilla al frente de la investigación por presunta asociación ilícita que tiene como principal imputado al falso abogado Marcelo D’Alessio.

La decesión aterró al operador de Clarín ante el temor que el juez decida sentarlo en el banquillo de los acusados por el espionaje ilegal que conducía Marcelo D’Alessio. Los camaristas rechazaron un planteo de incompetencia formulado por el periodista Daniel Santoro, quien pretendía que la imputación en su contra tramitara ante un juez de Comodoro Py 2002.

Paralelamente, Ramos Padilla resolvió hoy diferir la elevación a juicio de la causa D’Alessio, tal como había solicitado el fiscal Juan Pablo Curi. El magistrado sostuvo la necesidad de aguardar a que la Cámara de Mar del Plata se expida con respecto a los procesamientos de Santoro (ya resuelto) y otro del fiscal Carlos Stornelli, que todavia estudia el tribunal.

La Justicia también deberá expedirse sobre el legajo de arrepentido de D’Alessio, quien llegó a un acuerdo con el fiscal Juan Pablo Curi tras declarar como imputado colaborador. Este no fue homologado por Ramos Padilla, por lo cual debe decidir el Tribunal de Apelaciones.

Ramos Padilla cerró una parte de la instrucción y corrió vista a las partes para que opinen sobre el eventual envío a juicio parcial. La defensa de D’Alessio “reclamó que se postergue la elevación ante la eventualidad de que pueda ser aceptado como imputado-arrepentido en el marco del recurso de apelación que interpuso contra la decisión de este Juzgado Federal”.

La postergación abre la posibilidad de que, si bien se trata sólo de algunos de los hechos investigados en el expediente, la primera etapa del juicio pueda incluir a Santoro y Stornelli, quienes hasta ahora estaban al margen del debate oral.

La Cámara aún no se pronunció sobre esas situaciones procesales, pero sí brindó un enfático respaldo a la intervención del juez de Dolores, cuestionada por casi todos los imputados en la causa.

“Tenemos en claro que las distintas conductas delictivas que se habrían llevado a cabo por los imputados de formar parte de ésa organización criminal, son inescindibles de la asociación ilícita conformada precisamente para ello, y será entonces el juez que conozca e intervenga en ésa investigación quien será llamado por la ley para reunir y acumular el conocimiento de los delitos que la agrupación hubiese cometido, o comenzado a cometer en la ejecución de su previo plan ilícito”, sostiene el fallo, al que tuvo acceso Tiempo Argentino.

“La presunta extorsión a las señaladas víctimas en éste proceso penal, el supuesto tráfico de influencias, la aducida infracción a la ley de inteligencia, las diferentes conductas de coacción a que habrían sido sometidas otras tantas de ésas víctimas, y demás infracciones penales que surgen de la causa no podrían juzgarse en forma independiente y aislada del delito básico de asociación ilícita”.

El pronunciamiento significa un virtual blindaje para la unidad de la causa. “Atomizar el presente proceso penal haría perder la eficacia a la investigación que aquí se lleva adelante o –cuanto menos conspiraría contra su buen desarrollo, lo que no resulta intención de esta Alzada propiciar”.

 

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1 comentario

El presidente envió el pliego de Ramos Padilla a un juzgado clave: el Nº 1 de La Plata - INFO135 27 noviembre, 2020 at 9:26 am

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