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La Plata
25 noviembre, 2024
PAÍS

Arrancó la veda electoral: qué está prohibido hacer y hasta cuándo rige

La veda electoral comenzó a las 8 de esta mañana, y se extenderá hasta las 21 del domingo 22, es decir, tres horas después de la finalización de los comicios. Durante ese tiempo, principalmente no se puede hacer actos de campaña ni proselitismo, ni tampoco vender bebidas alcohólicas, entre otras restricciones.

La veda tiene como objetivo conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión. Es el momento para que cada ciudadano pueda pensar su voto, luego de haber escuchado durante un período los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en los distintos cargos.

Durante la veda electoral hay una serie de actividades que quedan estrictamente prohibidas. A continuación, te detallamos algunas de las más importantes:

Actos de campaña y proselitismo: no se pueden realizar actos públicos de campaña ni cualquier otra actividad proselitista, como por ejemplo, realizar entrega de boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.

Venta de bebidas alcohólicas: está prohibido que abran los negocios destinados al expendio o venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

Espectáculos y reuniones públicas: no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

Publicación de encuestas: está prohibida la difusión de encuestas y sondeos preelectorales, así como proyecciones sobre el resultado de la elección.

Portación de armas y distintivos partidarios: a los electores se les prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección y hasta 3 horas después de finalizada.

El incumplimiento de la veda puede llevar a sanciones que varían según la falta. Pueden ir desde multas económicas hasta penas de prisión.

Por ejemplo, a quien venda bebidas alcohólicas durante el período de prohibición le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

 

 

 

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