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28 agosto, 2025
PROVINCIA

Transporte público gratuito en las elecciones provinciales y nacionales

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires informa que, mediante la Resolución 231-MTRAGP-2025, se ha dispuesto la gratuidad del servicio público de transporte automotor y fluvial de pasajeros para los días 7 de septiembre de 2025 y 26 de octubre de 2025, fechas en las que se llevarán a cabo las elecciones provinciales y nacionales.


La medida abarca los servicios regulares urbanos, interurbanos de media y larga distancia, así como el transporte fluvial del Delta del Paraná, garantizando el acceso de todos los bonaerenses a sus lugares de votación.

 

Al respecto, el ministro de Transporte, Martín Marinucci, expresó: “Nuestra responsabilidad es garantizar que ningún ciudadano o ciudadana vea limitado su derecho al voto por no poder acceder al transporte. El servicio gratuito en las jornadas electorales es una herramienta fundamental para asegurar la participación democrática y la igualdad de oportunidades”.

 

Asimismo, destacó: “El transporte público no solo es un medio de movilidad, sino también un instrumento de integración y de fortalecimiento institucional. Por eso, hemos dispuesto que las empresas refuercen sus frecuencias para que todos puedan viajar de manera ágil y segura”.

 

Finalmente, el Ministerio invitó a los municipios de la Provincia a adherir a esta medida, reafirmando el compromiso de la gestión con el acceso universal al sufragio y el fortalecimiento de la democracia.

Voto accesible: el derecho de todos y todas a votar sin dificultades 

El próximo 7 de septiembre las y los bonaerenses elegirán a representantes para cargos provinciales y municipales: diputados y senadores provinciales según su municipio de residencia, concejales y consejeros escolares en las 8 secciones electorales.  

En el Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política. En la Argentina los tratados de Derechos Humanos tienen rango constitucional en Argentina (Ley 27044). Por eso, las personas con discapacidad tienen derecho a votar y a ser votados 

De esta forma, con el propósito de promover y facilitar el ejercicio pleno de los derechos políticos de todas las personas, se implementan diversas medidas destinadas a la eliminación de barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral.

En la Provincia de Buenos Aires, la Resolución 156 sobre Voto Asistido resuelve la existencia de un Cuarto Oscuro Accesible (COA) y del Voto Asistido. Además toda persona que presenta alguna discapacidad tiene el derecho a: 

– Poder entrar, quedarse y salir del lugar de votación sin dificultad.

– Recibir información clara, fácil de entender y en formatos accesibles.

– Pedir ayuda o apoyo durante cualquier parte del proceso de votación.

– Contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA) en cada lugar de votación.

– Elegir votar en su mesa asignada o en el COA.

– Votar con ayuda de:

Una persona de su confianza

La autoridad de mesa

Su perro guía o de asistencia

– Pedir prioridad para votar sin hacer fila.

No es obligatorio tener Certificado Único de Discapacidad (CUD) para pedir apoyo.

Para poder votar, entonces, solo hay que tener 16 años o más (las y los migrantes votan a partir de los 18 años), tener domicilio en la provincia de Buenos Aires, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral 

Para obtener más información sobre el lugar de votación, la escuela, la mesa y número de orden se puede ingresar a:  https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/

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