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La Plata
23 noviembre, 2024
LEGISLATURA_NO VA MAS

Derogaron las jubilaciones de privilegio que cobraban gobernadores y legisladores

En paralelo a la reforma de la caja jubilatoria del Banco Provincia, la Legislatura bonaerense convirtió ayer en ley el proyecto del Ejecutivo provincial que elimina las llamadas jubilaciones de privilegio para gobernadores, vicegobernadores y legisladores.
El proyecto formaba parte del paquete de leyes enviado días atrás por la gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, con el fin de recortar el gasto político y eliminar privilegios y que incluyó, entre otras, una nueva reforma a la ley de Ministerios que eliminó 221 cargos políticos y la extensión de la obligatoriedad de presentar las declaraciones juradas para los legisladores bonaerenses.
En concreto, la iniciativa modifica el artículo 2 del decreto-ley 9.650/80 y deroga los regímenes previsionales creados para los cargos de gobernador y vicegobernador, y de legisladores de ambas Cámaras, respectivamente.
En sus fundamentos, el Ejecutivo expresó que “se trata de regímenes especiales denominados por la prensa como de privilegio, que habilitan a estos funcionarios a obtener prestaciones previsionales con requisitos distintos a los del régimen general, y con determinaciones de haberes y movilidades o actualizaciones superiores a la de los demás beneficiarios del régimen provisional general”.
“La Constitución provincial consagra en su artículo 11 la igualdad de todos los habitantes de la provincia, y lo propio hace el texto de la Carta Magna respecto de todos los ciudadanos argentinos en su artículo 16. Por ello, es lógico y plausible comenzar a eliminar todos aquellos beneficios sectoriales que, a la luz de la situación del resto de la ciudadanía, pudieran visualizarse como situaciones priviiegiadas o ventajosas”, precisó el proyecto.

Se aclaró que “no significa que exista una variación en el monto de las prestaciones que se vienen abonando a los beneficiarios de las prestaciones previsionales vigentes, las que tendrán la movilidad que se otorgue a los beneficiarios del régimen general”.

“En consecuencia, el desempeño de los cargos previstos en las leyes que por la presente se promueve su derogación, quedará incluido, a partir de la vigencia de la presente ley, dentro del ámbito de aplicación personal del régimen general del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires”, precisó.

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