La diputada nacional Elisa Carrió volvió a la carga contra el principal operador judicial de Mauricio Macri, Daniel Angelici. Esta vez, junto a los diputados del bloque de la Coalición Cívica ARI, presentará una denuncia en la que pedirán el juicio político y la destitución del juez Enrique Lavié Pico por mal desempeño de sus funciones, luego de haber beneficiado al presidente de Boca con la exención del impuesto a las Ganancias en uno de sus bingos.
Según trascendió el fin de semana, Angelici fue beneficiado por Lavié Pico con una medida cautelar para no pagar Ganancias por argumentar que ese tributo es “confiscatorio” para toda la industria del juego de acuerdo a como fue diseñado.
Lavié Pico le concedió a Angelici la medida cautelar tras compartir, de manera preliminar, sus objeciones a la ley 27.346, que creó un “impuesto específico sobre la realización de apuestas”, y al decreto 179/17 de Macri, que elevó la alícuota del impuesto a las ganancias para el sector del 35 al 41,5 por ciento.
Carrió mantiene un enfrentamiento público con Angelici y está resuelta a no dejar pasar este nuevo beneficio al amigo del Presidente. Por eso ya anticipó que mañana mismo pedirá el juicio político y destitución del magistrado por mal desempeño, en los términos de los artículos 53 de la Constitución Nacional y 25 de la ley Nº 24.937 del Consejo de la Magistratura..
“Existen elementos contundentes para asegurar que el doctor Lavié Pico ha incurrido en la causal de remoción por mal desempeño, prevista en el artículo 53 de la Constitución Nacional, que remite el artículo 115 de la misma. Esto, por ‘incumplimiento reiterado de la Constitución Nacional, normas legales o reglamentarias’ y ‘realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones’, de acuerdo a las causales previstas por el artículo 25 de la ley de Consejo de la Magistratura Nº 24.937, segundo párrafo, incisos 2° y 4°´”, sostiene el escrito que mañana será presentado por Carrió y su bloque.
A través de un comunicado, los diputados “lilitos” explicaron que “el magistrado ha dictado medidas cautelares en los autos ‘Bingo Ramallo SA y otros c/ en-AFIP y otro s/ proceso de conocimiento’ (Expte. N° 33356/2017); y ‘Cámara Unión Argentina de Empresarios de Entretenimiento c/ en-AFIP s/ proceso de conocimiento’ (Expediente. Nº 21.949/2017), haciendo lugar a los planteos impetrados por ambas accionantes ‘suspendiendo los efectos de la ley 27.346 en cuanto aumenta la alícuota al 41,50% del Impuesto a las Ganancias hasta que recaiga sentencia definitiva en la presente causa o se cumpla con el plazo máximo dispuesto en el artículo 5o de la ley 26.854’. Ello, mediante un posicionamiento arbitrario y parcializado, impropio de un juez de la Nación”.