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La Plata
6 febrero, 2025
PAÍS

Ya es oficial: familiares de funcionarios deberán dejar sus cargos antes del 28 de febrero

“Dispónese que no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro. Quedan incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial”.

Así lo determina el Artículo 1º del Decreto 93/2018, a través del cual el Gobierno oficializó hoy la restricción de familiares de funcionarios en la administración pública, con su publicación en el Boletín Oficial. Lleva la firma del presidente Mauricio Macri y del jefe de Gabinete, Marcos Peña.

Los considerandos de la norma mencionan el compromiso “de continuar mejorando la institucionalidad, la integridad y la transparencia de todas las políticas públicas que lleva adelante” el Gobierno, y la necesidad de “adecuar nuevos criterios que sean aplicables al régimen de designaciones bajo cualquier modalidad de funcionarios públicos” tras “dos años de gestión, y efectuado un reordenamiento administrativo que ha permitido mejorar la gestión global del Estado Nacional”.

El decreto entró en vigencia a partir “de su dictado”. Y se establece que las personas “alcanzadas” por la medida deberán “desvincularse” antes del 28 de febrero próximo. Quedan exceptuadas las designaciones mediante concurso público de antecedentes o “que cuenten con estabilidad en el cargo”.

La norma considera “Sector Público Nacional” a la administración central y los organismos descentralizados, incluidas las instituciones de la seguridad social, empresas y sociedades del Estado (empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias).

Y en cuanto a los entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, abarca a cualquier organización estatal no empresarial con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio; fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, entidades de derecho privado sujetas a intervención estatal y la Fundación Argentina para la Promoción de Inversiones y Comercio Internacional.

Hasta el momento, se fueron apenas cuatro de los 40 parientes de ministros que ocupan cargos en la administración nacional.

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2 Comentarios

Delia Castro 31 enero, 2018 at 9:13 am

Si ya robaron durante dos años y ahora pondrán otros en su lugar a robar nuevamente

Respuesta
Delia Castro 31 enero, 2018 at 9:14 am

caraduras

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