El juez federal Claudio Bonadio dispuso suspender la citación a indagatoria del padre del presidente, el empresario Franco Macri, al considerar que por cuestiones de salud no tiene la capacidad para ejercer su derecho de defensa y declarar en la causa en la que se investiga el pago de coimas por parte de las empresas que explotaban corredores viales por peaje durante los primeros años del kirchnerismo.
De esta manera, el magistrado actúa de una manera muy distinta a lo que hizo con el fallecido ex canciller Héctor Timerman, quien meses atrás fue obligado a prestar declaración en la causa por el memorándum con Irán, a pesar de su frágil estado de salud.
Cada tres meses los integrantes del Cuerpo Médico Forense deberán revisar a Macri, para establecer si revirtió el cuadro de salud que le impide declarar en indagatoria la causa iniciada como derivación del caso que comenzó a partir de las anotaciones del chofer Oscar Centeno.
Los médicos forenses realizaron un diagnóstico sobre Franco Macri, que derivó en la conclusión de que no tiene la capacidad para ejercer su derecho de defensa y declarar en indagatoria.
A principios de diciembre último, Bonadio citó a indagatoria a los que encabezaban todas las empresas que tenían rutas por peaje bajo la supervisión de Claudio Uberti, quien a comienzos del kirchnerismo estuvo a cargo del Órgano de Control de las Concesiones Viales (OCCOVI). Uberti había dicho que los empresarios de los corredores pagaban una coima mensual. Varios de esos empresarios declararon como arrepentidos en la llamada causa de los cuadernos, y reconocieron los pagos.
Entre los citados estaban Franco y Gianfranco Macri. El hermano del presidente se presentó a declarar el 13 de diciembre pasado, y negó las acusaciones en su contra. Ese día hizo una breve exposición, no aceptó preguntas y presentó un escrito en el que explicó la relación de la familia Macri con Autopistas del Sol.
En la oportunidad sostuvo que “desde el año 2001 la firma Sideco dejó de participar tanto en la administración –asamblea- de la firma Ausol, luego de haberse desprendido de su paquete accionario, perdiendo así toda injerencia en el giro de los negocios de esa compañía, en la elección de autoridades y en la conformación de la voluntad social”.
Ante la citación a indagatoria, la defensa de Franco Macri había pedido la suspensión de la audiencia debido a los problemas de salud del empresario. Se presentó la historia clínica de Franco Macri para respaldar la solicitud de suspensión. Ante ese pedido, Bonadio envió a la casa de Macri a los médicos forenses que avalaron la solicitud de la defensa.
Según explicaron fuentes judiciales, los peritos determinaron que el empresario no tiene capacidad de “comprender los estímulos del medio”.
Por ese motivo, Bonadio suspendió el llamado a indagatoria y ordenó un examen trimestral por parte de los integrantes del Cuerpo Médico Forense para determinar si Franco Macri revirtió la situación por la cual no puede presentarse a declarar.
Para suspender la indagatoria, el juez invocó el artículo 77 del Código Procesal Penal que señala que: “Si durante el proceso sobreviniere la incapacidad mental del imputado, el tribunal suspenderá la tramitación de la causa y, si su estado lo tornare peligroso para sí o para los terceros, ordenará la internación de aquél en un establecimiento adecuado, cuyo director le informará trimestralmente sobre el estado del enfermo. La suspensión del trámite del proceso impedirá la declaración indagatoria o el juicio, según el momento que se ordene, sin perjuicio de que se averigüe el hecho o se prosiga aquél contra los demás imputados”.