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La Plata
6 octubre, 2024
PAÍS

La orden del Grupo Clarín a la oposición: “Salgan a castigar al gobierno”

El teléfono del CEO  sonó en la redacción de Clarín. La orden, palabras más palabras menos, fue contundente: “quiero a toda la oposición respaldándonos”. Y fue así, poco después que el presidente Alberto Fernández anunciara por las redes que se declaraban servicios públicos esenciales a internet, TV por cable, telefonía fija y móvil, y que se congelaban los precios hasta fin de año, la oposición salió con los tapones de punta en defensa de los aumentos abusivos de las empresas.

En realidad, el gobierno ‘no expropió’ la telefonía, solo exige a partir de ahora que las empresas deberán pedir autorización al Estado, previa presentación de un esquema que justifique los aumentos. Algo que sucede con la medicina prepaga, la luz,  el gas o los combustibles.

La oposición rápidamente salió con el caballito de batalla que vamos al “modelo venezolano” y que detrás de la medida está el “vamos por todo”. Patricia Bullrich, presidenta del PRO, afirmó  que “con el discurso de lo nacional y popular a la cabeza, y con el vamos por todo detrás”. Y agregó: “hay una línea que se mantiene y se profundiza”. “Con Vicentin quisieron tener una empresa testigo para garantizar la `soberanía alimentaria´. Con la reforma judicial buscan ‘democratizar la Justicia’, y ahora quieren garantizar la ‘soberanía tecnológica’ y el efecto será lo contrario con la reducción de inversiones en el país”, señaló.

Bullrich consideró esta iniciativa como “la ventana” que encontró el gobierno “para meterse con el Grupo Clarín”. Para terminar su diatriba, la ex ministra necesitaba incorporar en su critica a la vicepresidenta:  “No se trata de una política pública errónea sino de una visión que tiene Cristina Fernández de Kirchner, respaldada en el modelo venezolano. Esa visión ahora también es compartida por Alberto Fernandez”.

El diputado Fernando Iglesias señaló en las redes que “la televisión por cable es un servicio público esencial. Las cloacas, te las debo”. Su colega del PRO, Luciano Laspina, señaló:  “Control de la Justicia (con la ley de Reforma Judicial) y control de los medios de comunicación (con el DNU). Muy duro lo que viene en Argentina”.

El ex ministro de Comunicaciones Oscar Aguad, el que no sabía cómo utilizar un celular, se preguntó: “Teniendo en cuenta la magnitud de la desinversión q sufre el país, está medida ¿atrae o ahuyenta inversiones?”. Y el ex senador Federico Pinedo afirmó que “la estatización de servicios de comunicación viola tratados internacionales y condenaría a la Argentina a no poder salir de la crisis”.

Como no podía ser de otra manera, apareció la empleada del mes de Clarín, Silvana Giudici, quien estuvo a cargo del ENACOM durante la gestión de Macri, y considero que “la declaración de servicio público sobre la televisión y el entretenimiento generaría riesgos sobre la pluralidad y libertad de programación”. Luego agregó que la medida va a contramano de los países que más han crecido al sector TIC “fomentando la inversión y la competencia”.

Lo que no dice Clarín ni la oposición, es que existía una ley durante el gobierno de Cristina Kirchner que consideraba esencial la telefonía móvil y que el ex presidente Mauricio Macri, 9 días después de asumir, firmó un DNU para suprimir esa medida y darle todo el poder a los medios hegemónicos, los mismos que lo habían apoyado en la campaña.

El gobierno tomó esta medida luego de los incrementos de marzo y abril, que ya había sido de un 10 a un 25 por ciento, dependiendo de la compañía y que con los nuevos anuncios para el mes de septiembre iban de un 11 a un 15 por ciento, por lo cual superarían ampliamente la inflación acumuladaeste año.

Hay que destacar que Cablevisión Holding, que reúne las empresas de telecomunicaciones, facturó en el primer semestre del año, ingresos por 131.158 millones de pesos. El principal aportante a sus arcas es la telefonía celular, a través de Personal, que representa el 37,7% de sus ingresos. Lo sigue internet, Fibertel, con el 21,6%. Luego el cable, Cablevisión, con el 20,1%. Por último la telefonía fija, con el 15,3%.

El periodista Ari Lijalad, en una muy interesante nota que publicó en El Destape, contó que Telecom repartió 300 millones de dólares en 2019 y que el ex presidente Macri les condonó 147 millones de dólares en la asignación de frecuencias de celulares. Hoy la empresa sigue repartiendo dividendos millonarios y pese a ello tanto Radio Mitre como el diario Clarín reciben aportes de Estado para el pago de sueldos, ademas de una pauta oficial que los ubica al tope del rating.

Qué dice el DNU.  La disposición remarca que, durante la gestión de Cambiemos, “mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”.


Y subraya que esa decisión se tomó “abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional”.


En ese marco, se recuerda que la Carta Magna “en su artículo 42 establece el deber de las autoridades de proveer a la protección de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados así como a la calidad y eficiencia de los servicios públicos”.


Asimismo, se destaca “que el derecho humano al acceso a las TIC y a la comunicación por cualquiera de sus plataformas requiere de la fijación de reglas por parte del Estado para garantizar el acceso equitativo, justo y a precios razonables”.


Por lo tanto, añade, “es necesario recuperar los instrumentos normativos que permitan garantizar para la totalidad de los y las habitantes de la Nación el acceso” a a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), estableciendo además planes accesibles e inclusivos que garanticen una prestación básica universal obligatoria”.


“La situación de emergencia sanitaria que se está atravesando en el marco de la pandemia de COVID-19 y la consecuente disminución de la circulación de personas para mitigar los contagios configuran una situación de urgencia que impone la necesidad de otorgar una inmediata protección de estos derechos”, subraya el DNU.
Y remarca que “en efecto, en este contexto, cobra mayor relevancia aún el acceso a las TIC y a las redes de telecomunicaciones tanto para las empresas como para los y las habitantes de nuestro país”.


En su articulado, el DNU ordena incorporar como artículo 15 de la Ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones N° 27.078, el siguiente texto: “Se establece que los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia. La autoridad de aplicación garantizará su efectiva disponibilidad”.


Luego, sustituye el artículo 48 de la mencionada ley por el siguiente: “Los licenciatarios y las licenciatarias de los servicios de las Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.


Y añade: “Los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados por esta. La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.


Asimismo, el artículo 3° agrega como segundo párrafo del artículo 54 de la Ley N° 27.078, el siguiente texto: “Incorpórase como servicio público, al servicio de telefonía móvil en todas sus modalidades. Los precios de estos servicios serán regulados por la autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.


En el artículo 4°, en tanto, se ordena: “Suspéndese, en el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, cualquier aumento de precios o modificación de los mismos, establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC, incluyendo los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vinculo físico o radioeléctrico y los correspondientes al servicio de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades. Esta suspensión se aplicará a los servicios de televisión satelital por suscripción”.


Sobre el final, el artículo 5° dispone que “las prestadoras deberán dar adecuada publicidad a lo dispuesto en el presente decreto respecto de los servicios a su cargo”, y el artículo 6° designa como Autoridad de Aplicación del presente decreto al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom)”.

 

 

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2 Comentarios

Griselda Bozzo 23 agosto, 2020 at 10:10 am

Por mucho que hagan y promuevan anticuarentena se las puso bien doblada adentro, que chillen total llorar no cuesta nada , los esperamos el 17 de octubre para ver cuantas cuadras cubrimos por si todavia les quedan dudas

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Patricia 23 agosto, 2020 at 11:17 pm

Hasta los troll-os festejan (en silencio) la medida!

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