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19 abril, 2024
PROVINCIA

El lawfare de Vidal: se cayó una causa armada para culpar a ex funcionarios sciolistas por la Triple Fuga

Seis años después, un fallo judicial confirmó que se adulteraron pruebas en la investigación de la Triple Fuga de General Alvear, en diciembre de 2015, y dejó al descubierto cómo operó el lawfare de Cambiemos desde el inicio de la gestión de la gobernadora María Eugenia Vidal.

La Justicia de Azul sobreseyó la semana pasada al ex secretario de Política Criminal del Ministerio de Justicia bonaerense, César Albarracín, quien estaba acusado de facilitar el escape de prisión de los hermanos Cristian y Martín Lanatta, y de Víctor Schillaci, y descubrió además que la jueza de Ejecución Penal, Marcela Otermín, adulteró documentos públicos para cargar responsabilidades en el gobierno de Daniel Scioli, que acababa de terminar su mandato en la provincia. La maniobra fue revelada por Perfil.

La triple fuga fue la primera gran crisis que debió enfrentar Vidal el 27 de diciembre de 2015, a menos de un mes de haber asumido como gobernadora. La evasión de los tres condenados a perpetua como autores materiales de los homicidios de Sebastián Forza, Damián Ferrón y Leopoldo Bina provocó su primer gran traspié.

Lejos de reconocer sus errores, Vidal responsabilizó a los funcionarios salientes que tenían a su cargo el SPB, que habían sido nombrados por Scioli y que ella había decidido dejar en sus puestos. Para hacerlo creíble, adulteraron un oficio judicial y montaron una operación de prensa para instalar que las autoridades del penal, con la anuencia de los responsables del Ministerio de Justicia de Buenos Aires, habían desoído una orden de la Justicia y retirado por su cuenta las cámaras de seguridad que supuestamente debían monitorear a los tres detenidos las 24 horas.

El 30 de diciembre de 2015, mientras transcurría la triple fuga, la jueza de Ejecución de Mercedes, Marcela Otermín, elevó un informe a la fiscalía asegurando que el 5 de agosto de 2015 había pedido dos medidas como resguardo de los detenidos: custodia armada en el pabellón y circuito de videovigilancia permanente. Ahora, la Justicia demostró que ese pedido nunca había sido formulado.

La protección a los condenados por el triple crimen de General Rodríguez estaba directamente relacionada con las fuertes declaraciones que el 2 de agosto del mismo año había realizado Martín Lanatta en el programa PPT, por la supuesta complicidad de funcionarios kirchneristas en el tráfico de efedrina –entre ellos Aníbal Fernández, por entonces candidato a gobernador por el Frente para la Victoria–, una denuncia que finalmente la Justicia terminó desestimando.

La supuesta sustracción de las cámaras en el sector del penal donde estaban alojados los hermanos Lanatta y Víctor Schillaci instaló rápidamente la hipótesis de una desidia absoluta en el penal de Alvear y fogoneó la idea de una complicidad de las autoridades salientes -todos de Scioli- para favorecer la increíble fuga de los detenidos.

Con el documento de la jueza Otermín, cargaron responsabilidades en la ex jefa del SPB, Florencia Piermarini, que había renunciado a su cargo antes de producirse la triple fuga, y también en el ex secretario de Política Criminal del Ministerio de Justicia, César Albarracín, a punto de asumir como fiscal adjunto de Casación, y descabezaron a toda la cúpula penitenciaria.

Mediante un decreto firmado el 21 de enero de 2016, la ex gobernadora Vidal suspendió la jura de Albarracín y no dejó que asumiera su nuevo cargo en la Justicia, por el que había concursado. “Se sucedieron un conjunto de circunstancias objetivas de público conocimiento que motivaron el inicio de actuaciones sumariales, en las que aparece involucrado Albarracín en presuntas conductas ilegales y/o delictivas”, decía la normativa.

La semana pasada, el juez de Garantías Juan José Suárez dictó el sobreseimiento de Albarracín al entender que fue víctima de una causa armada. En la resolución, publicada por Perfil, el magistrado señaló que la jueza Otermín “eliminó por sí o por tercera persona el documento público que se encontraba glosado a fojas 256 que ordenaba el alojamiento de Martín y Cristian Lanatta en el pabellón 10, sector 1, de la Unidad 30 de General Alvear, extremando las medidas de seguridad del caso, asegurándole al detenido los derechos que consagra el art. 9 de la ley 12.256”, confeccionando un nuevo documento parcialmente falso, con el mismo texto que el anterior, y agregando la frase “con guardia armada permanente las 24 horas del día y monitoreo continuo con cámara de seguridad”.

Según el magistrado, esa orden “no estaba contenida en el documento original –el cual fue reemplazado en el expediente por este segundo documento falso, respetándose la foliatura del original–, ocasionando de esta manera perjuicio no solamente hacia la fe pública, sino además en el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense, ante la posibilidad de enfrentar cargos judiciales y/o administrativos por el presunto incumplimiento de una orden judicial”.

Tras el fallo que lo sobreseyó, Albarracín realizó su descargo en las redes y posteó: “Así funcionó y aún funciona el “Law fare” en la Provincia de Buenos Aires. Este es solo uno entre miles de casos. En su momento montaron una operación mediática y me impidieron asumir como Fiscal de Casación. Ahora se demostró que era todo trucho”.

 

 

 

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