La “causa Cuadernos” sigue recibiendo duros golpes: primero, fueron las pericias que revelaron que algunos de los manuscritos del chofer Oscar Centeno fueron adulterados. Y ahora, uno de los empresarios más importantes del país aportó un documento público que prueba que su confesión como “arrepentido” fue obtenida bajo “coerción”.
Se trata de Mario Ludovico Rovella, quien le pidió al Tribunal Oral Federal 7 que tiene asignado este caso, la nulidad de su declaración indagatoria -que en su momento hizo ante el fallecido juez Claudio Bonadio-, al aportar un instrumento redactado en una escribanía el 28 de febrero de 2019, un día antes de declarar ante el magistrado, en el que consignaba que debía mentir para poder conservar su libertad.
Según precisa hoy el periodista Néstor Espósito en el diario Tiempo Argentino, el documento afirma que el juez Bonadio, “en franca violación a elementales derechos constitucionales, entre ellos, el de no ser compelido a declarar contra uno mismo, procedió a privar ilegalmente de la libertad a distintas personas por el sólo hecho de que no reconocieron y confesaron los presuntos delitos que se les atribuye, remitiéndolos detenidos a distintas unidades penitenciarias; en cambio, quienes sí reconocen los delitos y validan los dichos de una persona que se adhirió al régimen de la delación premiada, me refiero al Sr. Ernesto Clarens, mantienen su libertad ambulatoria”.
La información fue confirmada esta mañana por el abogado José Manuel Ubeira, que representa al acusado Oscar Thomas, quien en Radio 10 habló de “todas las barbaridades” que se van conociendo.
El letrado anticipó que “habrá muchas declaraciones” en ese sentido, y que demostrarán “cómo se utilizó a la justicia como elemento extorsivo”. “Sucedió de todo, aprietes, privaciones ilegítimas de la libertad calificadas”, remarcó.
Desde el inicio de la Causa Cuadernos circulaba la versión que indicaba que los empresarios eran compelidos a reconocer delitos, como arrepentidos, a cambio de no ir presos, y eso es lo que justamente denuncia Rovella.
La escritura número 28 fue confeccionada por el escribano Diego Ignacio Achával y quedó resguardada en un sobre cerrado, lacrado y firmado. Así permaneció hasta ayer, cuando fue entregada al tribunal.
Clarens era sindicado en los medios como “el financista de los Kirchner”. Bonadio llegó a él por una vía indirecta, casi independiente de las anotaciones del chofer Oscar Centeno. Clarens también declaró como arrepentido. A todos los que señaló, el juez terminó subiéndolos a la “calesita” que por entonces no tenía “sortijas para todos”.
La escritura pública que firmó Rovella explicó: “Ante esa situación, que estimo abiertamente ilegal, y dado que no admito ser privado ilegalmente de mi libertad, me encuentro en el estado de necesidad de tener que reconocer, sin que sean verdad, ciertos hechos al sólo efecto de evitar ir a prisión injustamente. Esos hechos que me veo obligado a admitir no resultan ser verdaderos”. En el sobre hay decenas de documentos que acreditan el contenido de la escritura.
Por lo tanto, los abogados de Rovella, Pablo Medrano y Enrique Arce, pidieron “la nulidad de la declaración indagatoria que el juez instructor le recibió” al empresario, socio de Rovella – Carranza, una de las constructoras más importantes de la Argentina y frecuente adjudicataria de obra pública. La declaración del 1º de marzo de 2019 “fue obtenida bajo coerción”. Peor aún: según la presentación ante el tribunal oral, “la ‘confesión’ del Sr. Rovella fue obtenida sobre la base de tormentos”.
La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, incorporada a la Constitución Nacional en la reforma de 1994, define como tortura a “todo acto por el cual se inflijan intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona”.
“Nuestro representado –añade la defensa de Rovella- se vio forzado a reconocer haber efectuado las entregas de dinero que figuraban en un listado confeccionado ad hoc por el co-imputado Ernesto Clarens”. Y agrega: “tal ‘confesión’ fue obtenida bajo la intimidación -expresada en concretos actos procesales irregulares (arbitrarios) previos llevados a cabo por el juez instructor (inquisidor)-, que consistía en que los imputados que no admitían y validaban las anotaciones perdían su libertad ambulatoria”.
“Para dejar constancia de que su voluntad se encontraba viciada, asentó en un instrumento público la situación ilegítima a la que se hallaba sometido”. Rovella no corrió a una escribanía para contar su verdad después de declarar. Lo hizo antes, porque quería dejar constancia de que al día siguiente iba a mentir para que Bonadio escuchara lo que quería escuchar y, de esa manera, conservar la libertad.
“Rovella concurrió ante el escribano Diego Ignacio de Achával, a quien le requirió que conservara en su poder un documento que daba cuenta de cuál era su verdadera voluntad y el motivo –el temor cierto de que iría preso- por el que se veía compelido a ‘confesar’ hechos que lo incriminaban (y que no eran ciertos)”.