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23 noviembre, 2024
MUNICIPIOS

En Morón, reabren más industrias con la autorización del Gobierno nacional

Veinte fábricas, de nuevos rubros exceptuados, se suman a las empresas que nunca pararon por estar vinculadas a actividades esenciales.

Mediante la Decisión Administrativa 904/2020, publicada esta semana por el Poder Ejecutivo nacional en el Boletín Oficial, se habilitó el funcionamiento de una serie de actividades industriales en los partidos bonaerenses de Morón, Vicente López, Avellaneda, Luján y Esteban Echeverría.

En el caso de Morón, los nuevos rubros exceptuados son los dedicados a la manufactura del cuero, plásticos y subproductos, calzado, metalurgia, maquinaria y equipos, y automotriz y autopartes.

De esta forma, 20 fábricas obtuvieron la aprobación para retomar sus actividades en el distrito. Las nuevas industrias habilitadas se suman a otras 150 empresas ubicadas en Morón que nunca pararon su producción, exceptuadas desde del inicio de la emergencia sanitaria, por formar parte de los rubros considerados esenciales. En ese grupo de empresas se encuentran aquellas cuyas producciones están vinculadas a la alimentación, salud y equipamiento sanitario, energía y combustibles, textiles que reconvirtieron sus fabricaciones a indumentaria para efectores de salud, equipamientos y herramientas de ferretería industrial, entre otras.

Según establece la nueva disposición nacional, las personas afectadas a las nuevas ramas de la industria habilitadas, quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular (con su debido certificado de circulación). La medida indica, además, que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del COVID-19”.

En cuanto al traslado y los recaudos sanitarios para las y los trabajadores afectados a dichas tareas se especifica que “las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”.

 

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