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La Plata
20 abril, 2024
PAÍS

Alberto Fernández autorizó el autocultivo de cannabis en Argentina

El Gobierno autorizó el auto cultivo controlado de cannabis medicinal, al igual que el acceso de sus aceites y derivados en farmacias autorizadas. La medida fue publicada esta mañana a través del Decreto 883/2020 del Boletín Oficial y lleva la firma de Alberto Fernández, Santiago Cafiero y Ginés González García.

En la medida, figura la nueva reglamentación de la Ley 27.350 de uso medicinal del cannabis.  Según indicó el Gobierno, “resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el cannabis como herramienta terapéutica”.

“Existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir”, afirma la medida.

El auto cultivo se podrá realizar con la inscripción al programa Reprocann (Registro del Programa de Cannabis) que tendrá como objeto registrar a los pacientes que necesiten acceder a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, “como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor”. Es decir, habrá que tener una autorización de este programa para poder cultivar.El nuevo decreto reglamentario “facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes”, indicaron los portavoces.

Entre los objetivos figuran “la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados”.

También, apunta al “desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados”.

Asimismo, “se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica”.

“El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud”, señala la reglamentación oficial.


También el Estado “brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos”.

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular “las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales”, establece la medida.

Los portavoces destacaron que “la nueva reglamentación surge de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos involucrados”.

Además, tiene el aval del “Consejo Consultivo Honorario sobre la Investigación Médica y Científica del Uso de la Planta de Cannabis y sus derivados”, creado por la ley 27.350, integrado por organizaciones de madres y usuarios de aceite de cannabis para fines terapéuticos, organismos estatales con competencias en la materia como la ANMAT, el INTA, el Instituto Nacional de Semillas, el CONICET, la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos y la Comisión Nacional de evaluación de Tecnologías en Salud”.

 

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