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La Plata
20 abril, 2024
PROVINCIA

Jefes comunales del radicalismo se suman al pedido de modificar la ley que prohíbe la reelección

Un grupo de intendentes de la Unión Cívica Radical se manifestó a favor de modificar la ley 14.836 que limita los mandatos de las y los intendentes bonaerenses. Sostienen que el período 2019-2023 debe ser considerado como primer mandato y no el tramo 2015-2019, como establece la ley sancionada en 2016.

Los jefes comunales no están solos en este planteo contra la retroactividad: de modo subterráneo, diputados y senadores provinciales del radicalismo avalan esta postura, y cuentan porotos para avanzar en la modificación de la normativa.

En un reciente encuentro del Foro de Intendentes Radicales, su titular, el intendente de Trenque Lauquen Miguel Fernández, sostuvo que la ley debió ser debatida en un sentido más profundo, ya que la cuestión de las reelecciones “debería ser una cuestión incluida en la Constitución de la provincia, la que no hace mención a la duración de los mandatos”.

En la misma dirección se expresaron los jefes comunales de Chacabuco, Víctor Aiola; Balcarce, Esteban Reino; y General Viamonte, Franco Flexas. Aiola consideró que ninguna ley puede ser retroactiva, “por lo tanto, el primer mandato a considerar debería ser el del 2019”, sentenció. Reino, por su parte, agregó que el mandato de 2015 a 2019 “no puede tenerse en cuenta porque la ley fue votada 2016 y nosotros asumimos 2015”. Finalmente, Flexas agregó que la discusión “es una cuestión legal más allá de lo que cada uno haga. Debe quedar claro que no se puede legislar para atrás”.

La semana pasada, el diputado provincial Walter Abarca presentó un proyecto de ley que habilita la reelección indefinida de los intendentes de la provincia de Buenos Aires y deroga el artículo de la norma que limitaba a dos períodos como máximo su permanencia al frente de los Ejecutivos municipales. El proyecto plantea la modificación del artículo 3 del Decreto-ley 6769/1958 –Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias– y establece que “el intendente será elegido directamente por el pueblo y durará cuatro años en sus funciones pudiendo ser reelecto”.

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