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19 abril, 2024
PAÍS

Por “aberrante” declaran inconstitucional el decreto de Macri que bajó las indemnizaciones en accidentes laborales

“Norma impropia del Estado de Derecho” y “aberrante”. Así lo define en su fallo un juez del fuero Laboral, al declarar esta mañana la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia (DNU) mediante el cual el presidente, Mauricio Macri, redujo días atrás las indemnizaciones que deben pagar las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART)  ante accidentes laborales que incapaciten a los trabajadores o muerte.

Se trata del  juez laboral Alejandro Segura, quien  consideró que la retroactividad planteada en esa medida viola la legislación vigente.

En su fallo, el magistrado estableció que la retroactividad argumentada en el artículo tercero en el decreto 669/2019 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial “no puede afectar las causas que ya estaban en marcha”. El cuestionado artículo dice que las modificaciones dispuestas en ese DNU “se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”.

El caso está relacionado con un reclamo laboral del periodista deportivo Miguel Ángel “Tití” Fernández, quien había entablado la acción judicial contra Experta ART SA y Galeno ART, que desconocieron las incapacidades laborales que padeció por la sobrecarga de trabajo en un escenario de estrés post-traumático, ya que ocurrieron después de la muerte de su hija Soledad durante la cobertura del Mundial de Fútbol Brasil 2014.

En su resolución, Segura utilizó lenguaje inclusivo y cuestionó con dureza el decreto de Macri: “¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?”, preguntó el magistrado. Dijo que respondería a ambas preguntas “en forma negativa” por “el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General”, mientras calificó de “aberrante” a ese decreto.

Si el criterio del decreto Macri se pusiera en práctica, esa demanda quedaría atrapada en una retroactividad que iría en contra de la legislación vigente al momento en que fue presentada.

El fallo determina que las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales, y declara explícitamente “la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 3º del decreto 669/2019”.

El cuestionado DNU de Macri había recibido el lunes pasado un dictamen en contra presentado por el fiscal Gabriel De Vedia , que dio curso a un amparo colectivo presentado por el Colegio de Abogados de Capital Federal.

Al hacer lugar a esa cautelar, el titular de la Fiscalía Nacional del Trabajo Nº3 pidió suspender la aplicación del decreto que modificó el cálculo de indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigentes en la ley 24.557.

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