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23 abril, 2024
PAÍS

Una buena para Amado Boudou: no va a prisión, y seguirá con arresto domiciliario

Amado Boudou seguirá cumpliendo prisión en su domicilio, ya que la Cámara Federal de Casación Penal, que tenía que resolver si confirmaba o revocaba la decisión para que volviera a la cárcel, decidió que la causa retornara a manos del juez de ejecución para que se dicte un nuevo fallo sobre la continuidad o no de ese beneficio.

De esta manera, el tribunal anuló por “vicios procesales” el fallo que había revocado la prisión domiciliaria al ex vicepresidente, subrayándose que, a esta altura, Boudou ya se encontraría en tiempo para acceder a la libertad condicional.

La resolución fue firmada por unanimidad por los jueces de la Sala IV de Casación, Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Ángel Ledesma.

Los abogados de Boudou, Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, habían reclamado que el ex vicepresidente continúe cumpliendo la condena bajo la modalidad de arresto domiciliario junto con su compañera y sus dos pequeños hijos.

El 6 de abril de 2020, el TOF 4 otorgó a Boudou su detención domiciliaria porque, en ese entonces, su condena a cinco años y 10 meses de prisión en la causa por la venta de la ex Ciccone Calcográfica, no había adquirido firmeza. También tuvo en cuenta el contexto de emergencia a raíz de la pandemia del Covid-19 y las singularidades del caso en relación con su núcleo familiar.

En diciembre, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la condena, el Tribunal Oral revocó la detención domiciliaria de Boudou y dispuso su alojamiento en una cárcel federal.

Ledesma sostuvo que en el caso se vulneró el derecho de defensa de Amado Boudou, en tanto el tribunal no garantizó una adecuada contradicción entre las partes, privando a la defensa de la oportunidad de contradecir los argumentos expuestos por los fiscales vinculados con que el nombrado vuelva a ser alojado en un establecimiento penitenciario. Carbajo adhirió al voto de Ledesma.

El tema pasará a manos, ahora, del juez de ejecución penal que ya no es Daniel Obligado, que en abril pasado habilitó la salida de la cárcel del ex vicepresidente en el inicio de la pandemia con la justificación de que la condena no estaba firme y que debía cuidar a sus hijos pequeños. Luego, el 30 de diciembre, resolvió que debía volver a la cárcel, aunque aclaró que esa orden se materializaría cuando el fallo quedara “firme”, es decir, cuando ya no hubiera margen de apelaciones.

La definición queda en manos del juez Ricardo Basílico, que sucedió a Obligado en el Tribunal Oral Federal 4, mientras se designa a un juez titular en ese cargo. Al magistrado le tocará revisar la apelación de la defensa sobre la necesidad de que el ex vicepresidente no regrese a la cárcel y con los lineamientos delimitados ahora en Casación.

 

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