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20 abril, 2024
PAÍS

Memorándum con Irán: ahora el tribunal acepta analizar la inexistencia de delito

El Tribunal Oral Federal (TOF) N° 8 dispuso evaluar los planteos de las defensas por “inexistencia de delito” en la causa Memorándum con Irán, y de esta manera abrió una nueva puerta para que se caiga uno de los casos emblemáticos de lo que fue el lawfare y la persecución judicial durante el macrismo.

Los jueces María Gabriela López Iñíguez, José Michilini y Daniel Obligado consideraron “oportuno, por razones de economía procesal” no sólo expedirse sobre los planteos de nulidad que se realizaron por las reiteradas visitas que hicieron los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al entonces presidente Mauricio Macri, sino también analizar otro planteo que se introdujo en el debate: si debe hacerse lugar a las presentaciones que piden el cierre de la causa por “inexistencia de delito”.

En este sentido, pidieron la opinión del fiscal Marcelo Colombo y las querellas para el próximo miércoles. Con esta decisión, ahora hay dos planteos que pueden derribar este expediente que se abrió por una denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.

Colombo había dictaminado la semana pasada que debían rechazarse los planteos de nulidad por la violación de la independencia judicial. Como no podría ser de otra manera, las siete defensas que expusieron fulminaron los argumentos endebles del fiscal.

Quien abrió el debate fue Carlos Beraldi, abogado de Cristina Kirchner, quien pidió el sobreseimiento de los acusados y dijo que el Tribunal está ante una “oportunidad histórica” para terminar con las prácticas que derivaron en la “falta de credibilidad” del Poder Judicial.

Durante su exposición, hizo un paralelismo con lo que sucedió con el ex presidente Lula Da Silva en Brasil: “Así como la Corte brasileña lo absolvió por la violación de las garantías del juez natural e interferencia del poder político, creo que en este caso corresponde la misma resolución, la nulidad de todo lo actuado y declarar el sobreseimiento para todas las personas acusadas”, afirmó ante el Tribunal Oral Federal 8.

“Este Tribunal, en su actual integración, advierte que en las exposiciones efectuadas por algunas de las defensas se han interpuesto, junto con los planteos de nulidad presentados a partir de que se dieron a conocer los hechos que ameritaron la fijación de la presente audiencia, otros que constituyen en rigor excepciones de falta de acción”, afirmaron los integrantes del TOF 8.

El tribunal “encuentra oportuno, por razones de economía procesal, y de conformidad con lo señalado en este punto por el propio Sr. Fiscal en su exposición oral, escuchar en la próxima audiencia a las partes acusadoras, pública y privada, con relación a sendos planteos”, se añadió.

Es decir, que los jueces quieren escuchar la opinión del fiscal y las querellas sobre los planteos de “excepción de falta de acción por inexistencia de delito” para resolver sobre los mismos. Los acusadores tendrán la difícil tarea de explicar por qué no puede descartarse que haya existido un delito. Esto implica que tendrán que desarrollar alguna posibilidad de encubrimiento del atentado a la AMIA vía la firma del Memorándum.

Uno de los letrados que abordó la cuestión de la inexistencia de delito este miércoles fue Marcos Aldazábal, defensor del actual viceministro de Justicia de la Nación, Juan Martín Mena, quien también expuso sobre el tema el 16 de julio pasado cuando tomó la palabra tras la ponencia de CFK.

Aldazábal sostuvo que las visitas de Hornos y Borinsky a Macri “dan lugar a irregularidades procesales y a que abran la causa en la que no hay delito. Esto no se puede leer por separado”, dijo respecto a las visitas de los camaristas y la inexistencia de delito en la denuncia de Nisman. Hornos y Borinsky reabrieron la causa el 29 de diciembre de 2016, seis días después de que el segundo camarista visitara al entonces presidente en la quinta de Olivos. La denuncia había sido desestimada en primera y segunda instancia justamente por inexistencia de delito.

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