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La Plata
11 septiembre, 2026
MUNICIPIOS

Nuevas licencias de conducir provisorias para deudores alimentarios

La Subsecretaria de Tránsito y Transporte informa que según lo enmarcado en el artículo 5 de la Ley provincial Nº 13074, se dispuso que, desde el 26 de enero, en caso de que un ciudadano/a registre deuda alimentaria, la solicitud de la licencia de conducir o su renovación se otorgará provisoriamente por cuarenta y cinco (45) días, con la obligación de regularizar su situación dentro de dicho plazo para obtener la definitiva.

 

Según se informa en la resolución “El objetivo de dicha medida es colaborar en la lucha contra el incumplimiento del pago de alimentos, como alternativa para torcer la voluntad del padre/madre deudor y lograr que se cumpla con el pago de la cuota. Tengamos en cuenta que el único beneficiado con la regularización de la deuda alimentaria es el niño o adolescente destinatario de la misma”.

 

Hay que destacar que si pasados los 45 días de vigencia de la licencia provisoria, si el inetersado/a continúa como deudor alimentario no podrá tramitar una nueva licencia dado que el Sistema Provincial de Licencias bloqueará el nuevo trámite de renovación.

 

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