En una insólita resolución que no hace más que demostrar cómo el partido judicial no se detiene en su obsesión por buscar culpables de lo que sea, siempre y cuando se trate de actuales o ex funcionarios kirchneristas, el Procurador general de la Nación, el ultramacrista Eduardo Casal, dictaminó que el ex vicepresidente Amado Boudou estuvo mal absuelto por la Cámara Federal de Casación Penal en el caso por la falsificación de los papeles de un auto que había comprado en los años 90 y por la que había sido condenado en 2019.
En tal sentido el jefe de los fiscales consideró que esa reversión fue “arbitraria”, y por lo tanto debe ser anulada por la Corte Suprema de Justicia.
Si la Corte hace lugar al pedido, Boudou queda expuesto a que se reedite la condena de 3 años de prisión que le fue impuesta en un juicio oral en agosto de 2019, y que luego fue revocada en 2022 por la Sala IV de la Cámara de Casación con la firma de los jueces Carlos Mahiques y Angela Ledesma, y la disidencia del magistrado Javier Carbajo.
Se trata del caso en el que Boudou fue acusado de la falsificación de tres formularios para transferir en 2003 un auto de manera irregular a su nombre.
El ex vicepresidente de Cristina Kircher fue acusado de haber acordado con un gestor -Andrés Soto- colocar datos falsos en los formularios 04, 08 y 12, y en una fotocopia de su DNI para presentar en un registro del automotor y lograr la transferencia a su nombre, el título de propiedad y la cédula de identificación de un auto Honda modelo 1992. Para la justicia, la titular del registro María Graciela Taboada de Piñero estaba en connivencia con la maniobra y avaló la transferencia que se concretó en enero de 2003.
“Boudou, sabiendo que no contaba con la documentación necesaria para concretar el trámite de forma regular, convino con Soto las falsedades que éste se ocupó de anotar en los instrumentos correspondientes para cambiar la radicación del vehículo y canalizarla hacia el registro seccional a cargo de Taboada de Piñero quien, una vez a cargo del legajo y también en acuerdo con Soto, convalidó dichas irregularidades, omitió las comprobaciones que correspondían en el caso, inscribió la transferencia del dominio del automóvil y expidió el título y la cédula verde a nombre de Amado Boudou”, analizó Casal.
“El voto mayoritario (de la condena) no cuenta con un fundamento en un plexo probatorio que permita arribar a la certeza requerida acerca de la intervención del imputado en el hecho investigado”, dijo el juez Carlos Mahiques que agregó que si bien Boudou contactó al gestor para el trámite “no surge de lo expuesto por el tribunal cuáles son los elementos de prueba en que sustentaron dicha afirmación”. “Las pruebas aportadas no demuestran que haya sido Boudou quien los contactó, sino únicamente que mantuvo un encuentro con el primer gestor sin que se haya podido comprobar alguna vinculación con quien realizó el trámite irregular, Andrés Alberto Soto”, sostuvo Casal.
En la misma línea se manifestó la jueza Angela Ledesma, que agregó la nulidad del juicio porque ya había juzgado en un primer proceso, lo que está prohibido “Los imputados fueron sometidos a dos acusaciones por parte del Ministerio Público Fiscal (primer y segundo juicio) y la intervención de doce jueces (tres del primer juicio que absolvieron y sobreseyeron a los imputados -según el caso-, tres que anularon esa decisión, tres que condenaron a uno de los absueltos y dos de los sobreseídos, y los tres jueces de esta Sala que nos encontramos revisando la última decisión)”, opinó.
En disidencia, Javier Carbajo votó por confirmar la condena de Boudou a tres años de prisión. “Los informes periciales han sido ponderados en conjunto con los restantes elementos de prueba, resultando confirmatorios de los sucesos acaecidos y del interés del nombrado (Boudou) en la tramitación irregular de la transferencia del dominio del vehículo, y ese es el justo valor que debe atribuirse a estos indicios que objetivamente echan por tierra los agravios planteados y despejan cualquier estado de duda o incertidumbre a favor del imputado”, dijo el magistrado.
En este dictamen, que no es vinculante para la Corte, ahora el Procurador criticó con firmeza el fallo que absolvió a Boudou en la causa de los papeles del auto y propuso que sea revocado. Dijo: “Entiendo que la sentencia no cuenta con sustento suficiente para ser considerada como un acto jurisdiccional válido, y merece ser descalificada en los términos de la doctrina de la arbitrariedad”.
En su dictamen de 23 páginas, el procurador general le pidió a la Corte que revoque el fallo de Casación “a fin de que, por intermedio de quien corresponda, se dicte uno nuevo de acuerdo a derecho”.
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