El gobierno de Javier Milei avanzó hoy en la desregulación de la importación y exportación de los alimentos. Así lo hizo a través del Decreto 35/2025, que modifica el Código Alimentario Argentino, publicado en el Boletín Oficial.
La normativa, que lleva la firma del presidente, de Guillermo Francos (jefe de Gabinete) y de Mario Lugones (ministro de Salud), apunta a simplificar trámites para productos importados de países con estándares de control alimentario equivalentes, así como a quitar requisitos burocráticos para la venta de alimentos al exterior.
La medida fue celebrada por el ministro Federico Sturzenegger, quien señaló que implica una “revolucionaria desregulación” del sector.
“Buscamos alimentos más baratos para los argentinos y más alimentos argentinos para el mundo”, enfatizó el jefe de la cartera de Desregulación y Transformación del Estado en su cuenta de X (antes Twitter).
En palabras del funcionario, en materia de importación de alimentos, la norma establece que los “alimentos con certificación en países de alta vigilancia podrán entrar sin restricciones al país y serán automáticamente incorporados al Código Alimentario Argentino”, una medida que -argumentó- elimina “las obligaciones de registrar y autorizar: muestras, productos, establecimientos, depósitos, utensilios y envases”.
Según se explica, la desregulación está dirigida a los productos que provienen de países con estándares sanitarios similares o superiores a los nacionales, reconocidos en tratados de reciprocidad o acuerdos de integración económica.
En tanto que en el Anexo III de la norma se explica que los productos que cuenten con certificaciones emitidas por los siguientes países quedarán eximidos de las exigencias tradicionales: Australia, Canadá, Suiza, Unión Europea, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Israel, Japón, Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
En caso de productos provenientes de estos países, el Gobierno destacó que la inscripción en los Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) y la declaración de sellos y advertencias nutricionales, se limitará únicamente a completar una declaración jurada de importación.
Con respecto a la exportación de alimentos elaborados en nuestro país, Sturzenegger explica que “levantamos todas las mochilas que le imponía el Estado argentino a nuestros productores de alimentos. De ahora en más no podrá pedirles nada, y solo estará para emitir los certificados que el productor le requiera por ser requerimientos del país importador. El Estado deja de molestar para ponerse al servicio del productor”.
Así, el exportador podrá solicitar los certificados correspondientes a las autoridades sanitarias argentinas solo si el país receptor lo exige, eliminando la imposición de requisitos adicionales por parte del Estado argentino.
Por otra parte, para los importadores que no estén comprendidos en las excepciones mencionadas, la publicación indica que los productos deberán someterse a las verificaciones analíticas correspondientes y ajustarse a las normativas completas del Código Alimentario Argentino antes de su comercialización.