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26 abril, 2024
PAÍS

Una buena para Cristina: la Corte rechazó el ‘per saltum’ pedido por Google

Mal que les pese a los grandes medios y a los odiadores de siempre que hasta en este caso se pusieron a favor del gigante informático estadounidense, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy por unanimidad el recurso per saltum presentado por Google en respuesta a la demanda iniciada por Cristina Kirchner, luego que el motor de búsqueda en lugar de describir su cargo institucional publicara en su panel de conocimiento la leyenda “Ladrona de la Argentina”.

Google ya contaba con una resolución en su contra de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal que había habilitado a la vicepresidenta a acceder al servidor del buscador número 1 del mundo, al hacer lugar a un pedido de prueba anticipada.

A través de su abogado Carlos Beraldi, Cristina solicitó semanas atrás una pericia informática “urgente” contra Google, y anticipó que si la demanda prospera y se impone un resarcimiento económico, los montos que se perciban serán donados al Hospital de Niños “Sor María Ludovica ”De La Plata (lo mismo había hecho con la indemnización por decenas de miles de euros que debió pagarle el diario italiano“ Corriere Della Sera ”, también por difamación).

Luis Goldin, el otro abogado de CFK experto en este tipo de litigios, describe los motivos de la demanda contra Google y aseguró que la ex presidenta no busca un rédito económico, ni censurar contenidos que la plataforma web publica en el Panel de Contenidos: “Queremos que brinde información verídica y que no sea violatorio de los derechos personalísimos”, dijo el especialista en cuantificación de daño y magíster en derecho y economía.

“La libertad de expresión no es una libertad para dañar al otro. Con la libertad de expresión no le puedo decir Ladrona de la Nación Argentina a ella, ni a ningún otro ciudadano ”, remarcó Goldin, quien aclaró que no es una causa penal y que Cristina no se tiene que presentar a declarar.

Según el escrito presentado ante el Fuero Federal Civil y Comercial, se solicitó a la Justicia que “arbitre todos los medios necesarios para descargar y almacenar la totalidad de los datos asociados al nombre Cristina Fernández de Kirchner y Cristina Kirchner, a partir del 17/05/2020 hasta el día en que se realiza la presente pericia, que surjan del contenido del panel de conocimiento del buscador “Google” de una persona destacada. “

El juez en lo Civil y Comercial Federal Javier Pico Terrero, hizo una solicitud de prueba anticipada y Google presentó una apelación, por considerar “improcedente” el dictado de esa medida , ya que no se cumplían los motivos que cita el Código Civil y Comercial para ese tipo de requisitorias.

La Cámara validó la resolución de primera instancia y desestimó la apelación de Google en un fallo en el que subrayó “la inapelabilidad de las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas”.

Sin embargo, Google recurrió al máximo tribunal del país, al argumentar que “la resolución recurrida no afecta solamente a Google, sino a millones de usuarios que verán comprometida la confidencialidad de sus datos”.

En ese marco, Google presentó un pedido de per saltum ante la Corte Suprema para evitar que se realice una pericia informática, al considerar que “pone en riesgo la privacidad de las personas y el funcionamiento del servidor”.

Pero hoy, el máximo tribunal le rechazó el planteo extraordinario. La Corte, sobre la base de sus precedentes, dijo que resulta inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia cuando, como en el caso, se promueve contra una sentencia dictada por el tribunal superior de la causa.

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