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La Plata
19 abril, 2024
PAÍS

Duro rechazo del Banco Nación a la nueva propuesta de pago de Vicentín

La entidad bancaria volvió a impugnar el plan a acreedores de la cerealera en default, por considerarla “inviable”. Los abogados del Nación además, señalaron que no debería ser convalidada por el juez en lo civil y comercial a cargo del concurso.

A través de una nota presentada al juez Fabián Lorenzini, los abogados representantes del Nación entendieron que la “propuesta superadora” presentada el 8 de febrero por Vicentin y que fue convalidada por el magistrado, no es satisfactoria. “Resulta inviable proseguir con el período de exclusividad, dada la indisimulable antijuridicidad múltiple contenida en tal incalificable ofrecimiento solucionador”, señalan en el escrito donde califican a la oferta como “un insulto a la inteligencia ajena”.

Asimismo, remarcaron que “ningún Juez que respete su investidura puede convalidar por vía homologatoria la propuesta”, aunque eventualmente sean alcanzadas las mayorías matemáticas que requiere la ley concursal, siendo que esto último, de verificarse, “se habría logrado por vía de violarse buena parte de los principios basilares previstos en el ordenamiento jurídico aplicable”.

A principios de mes, Vicentin, presentó un nuevo plan de pagos, que busca saldar la deuda con aquellos acreedores de menor porte, o con los que se tiene una menor deuda.

La propuesta de la empresa, que entró en default en diciembre de 2019, propone el pago en efectivo de 297 millones de dólares. De ese monto, se realizaría un pago de 170 millones de dólares que se distribuirían en 30.000 mil dólares para cada acreedor.

Si consiguiera la aceptación de ese segmento de acreedores, Vicentin avanzaría en el objetivo de obtener la mayoría absoluta (la mitad más uno) que requiere la Ley de Quiebras y Concursos para la homologación de la propuesta por parte del juzgado, atento a que el juez Lorenzini verificó 1.290 acreedores granarios de un total de 1.727 que admitió.

De todos modos, el artículo 45 de la ley establece que la concursada debe conseguir, también, la aceptación de acreedores equivalente a las dos terceras partes del capital, lo que sería insuficiente con la propuesta efectuada a los productores con pequeñas acreencias.

Fuente: Página12

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