El presidente, Javier Milei, su vice, Victoria Villarruel, y el ex titular de la central de inteligencia SIDE durante el menemismo, Juan Bautista Yofre, fueron denunciados penalmente por presunta “apología del delito”, a raíz de sus posturas sobre el golpe de Estado de 1976 y la represión durante la dictadura cívico-militar.
La presentación fue realizada por Javier Garin, abogado militante de la defensa de los derechos humanos y ambientales, quien además reclamó que se investigue la posible comisión de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad.
El escrito sostiene que los denunciados “podrían haber incurrido en forma reiterada y sistemática en una justificación del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, una directa o indirecta reivindicación del terrorismo de Estado y una apología de los criminales condenados por esos delitos”.
La denuncia, registrada con el número CFP 1091/2024, recayó en el juzgado federal a cargo de la jueza María Servini.
“Es obligación de los funcionarios públicos defender y hacer cumplir el orden jurídico, el cual está erigido en Argentina sobre la base del respeto a los derechos humanos y la condena del Terrorismo de Estado, a modo de un pacto democrático consagrado en la Constitución reformada en 1994”, sostiene la presentación.
Garin es un abogado de casi 40 años de profesión que se ocupa de la defensa de los derechos de las víctimas de todo tipo de delitos y las causas ambientales y, además, es autor del Manual Popular de Derechos Humanos.
La denuncia subrayó que “si bien Argentina no existen normas penales contra el negacionismo, está tipificada la apología del delito y el incumplimiento de deberes, figuras en las que estima podrían hallarse incursos el Presidente y la vice”.
Así, cuestionó “la minimización del número de desaparecidos, la invocación de un estado de ‘guerra’ como justificante (defensa que invocaron los represores y que los tribunales argentinos invariablemente rechazaron), la alegación de que hubo “excesos” y no un plan sistemático de exterminio (defensa también rechazada ya por los jueces que intervinieron en el Juicio a las Juntas), el señalamiento de la violencia guerrillera previa como un argumento exculpatorio de los condenados por lesa humanidad”.