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La Plata
9 octubre, 2026
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La Corte le da una mano a Milei y vuelve a limitar la venta de tierras a extranjeros

En una decisión que vuelve a poner en discusión el papel de la Corte Suprema, el máximo tribunal suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras Rurales y eliminaba las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros. La medida es provisoria y regirá hasta que la Justicia resuelva sobre la legitimación de los demandantes y el pedido de una cautelar. Después de las controversias que rodearon sus decisiones anteriores, la Corte vuelve a intervenir en un tema estratégico para el país, mientras el Gobierno de Javier Milei busca sostener su programa de desregulación.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley 26.737 de Tierras Rurales. La decisión restablece provisoriamente las restricciones que limitan al 15% la titularidad extranjera de tierras rurales, mientras continúa el proceso judicial.

La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz coincidió en devolver las actuaciones al juzgado de origen, aunque expresó su disidencia parcial respecto de la adopción de una medida cautelar.

El máximo tribunal consideró que el planteo de la organización Árbol de Pie involucraba cuestiones vinculadas con la protección del ambiente y que resultaba necesario adoptar una medida interina para evitar posibles daños irreparables y garantizar la tutela judicial efectiva.

La decisión se produjo después de una controversia judicial en torno a la intervención del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), cuyo planteo había sido rechazado por falta de legitimación. Aquella resolución dejó nuevamente en vigor la derogación de la Ley de Tierras dispuesta por Milei y generó fuertes cuestionamientos.

Ahora, con el nuevo pronunciamiento, la Corte suspendió provisoriamente el artículo cuestionado hasta que el juzgado competente determine si los demandantes están habilitados para impulsar la acción y examine el pedido de una medida cautelar.

La disputa excede largamente una cuestión jurídica. La Ley de Tierras Rurales establece límites a la extranjerización del territorio nacional, un recurso estratégico que involucra la soberanía, el ambiente y el control de los recursos naturales.

La derogación impulsada por Milei se inscribe en su política de desregulación económica, que pretende reducir las restricciones a la inversión privada. Pero cuando se trata de la tierra, no está en juego solamente una operación comercial: también se discute quién puede apropiarse de un territorio cuyos recursos y potencial productivo son fundamentales para el futuro de los argentinos.

La decisión de la Corte es provisoria, pero vuelve a poner sobre la mesa una discusión fundamental: la tierra argentina no puede quedar sometida a la lógica de un mercado sin límites, como si la soberanía fuera apenas otra traba burocrática que Milei quiere eliminar. Un país que entrega el control de sus recursos estratégicos en nombre de la libertad económica corre el riesgo de hipotecar su futuro. Y la Argentina ya tiene demasiadas experiencias de lo que significa entregar lo propio para satisfacer intereses ajenos.

 

 

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