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24 noviembre, 2024
PAÍS

En sintonía con el Gobierno, la Corte rechazó dos demandas contra el mega DNU de Javier Milei

En un fallo que se convierte en una señal favorable para el Gobierno, la Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad dos demandas que reclamaban la inconstitucionalidad del mega DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) del presidente Javier Milei que pretende desregular la economía y desguazar el Estado.

El máximo tribunal se expidió así sobre las demandas del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y del ex presidente del Colegio de la Abogacía, Jorge Rizzo, quien lo hizo en representación de la Asociación Civil Gente de Derecho (ACGD) contra el mega DNU 70/23 dictado por Javier Milei para desregular la economía y desguazar el Estado.

De esta manera, la Corte le dio una buena noticia al Poder Ejecutivo, que ya había recibido el rechazo del Senado a un decreto que continúa vigente mientras no se expida también en su contra la Cámara de Diputados.

El fallo no implica un aval a la constitucionalidad del decreto presidencial, sino que es un rechazo de las demandas por cuestiones técnicas. Los jueces argumentaron que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia”.

La consecuencia directa e inmediata de la resolución es que el DNU 70 mantiene su vigencia con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos por otros tribunales judiciales, como la reforma laboral, la derogación de la Ley de Tierras y de la ley del Instituto de la Yerba Mate. Sobre esos puntos, la Corte deberá eventualmente pronunciarse, según avancen los expedientes.

Se trata de la primera vez en que la Corte se pronuncia sobre planteos contra el DNU y permite suponer que -para la Corte- se está cerca de que haya transcurrido un tiempo razonable para que la justicia adopte una posición clara sobre la iniciativa del Ejecutivo.

Milei dijo hace una semana que “al menos tres jueces” de la Corte tienen una “posición bastante poco amigable” con el decreto de necesidad y urgencia 70/23. A partir de este fallo, en los tribunales recordaban esas expresiones: “Parece que al presidente le habían informado mal sobre lo que pensaban los jueces del fallo”, deslizaron.

La Corte tomó nota entonces de los dichos del jefe de Estado, que por primera vez apuntó públicamente contra la mayoría que conforman Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, pero evitó responder. Hasta ahora.

Aunque el tribunal no se pronunció sobre la validez del decreto, sí fijó las condiciones que deben cumplir las demandas contra el DNU: se requiere que exista un gravamen directo, es decir una afectación concreta. No alcanza con ser una provincia, un ciudadano o una asociación en desacuerdo con el decreto, sea que actúe en defensa de sus propios intereses o de intereses colectivos.

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